miércoles, 26 de abril de 2017

Llueve siempre hacia abajo


Llueve hacia abajo y lloverá en esa dirección aunque muchos alcaldes sostengan lo contrario al mismo tiempo. Esta simplicidad física la reafirma el juez Fernández-Corredor del Juzgado Contencioso Administrativo número 7 que sostiene la validez de Newton frente a las corrientes de la judicatura cuántica dónde una cosa puede ser o no puede ser legal al mismo tiempo. En su sentencia 128/2017, anula los decretos de la alcaldesa Cristina Moreno y del entonces delegado de Hacienda que autorizaban una reorganización muy particular del  Gobierno local y el cobro de más de 30.000 euros por los concejales a tiempo total de la Corporación. Dice, por tanto, que no. Qué por muchos decretos acumulados con todos los ringorrangos del mundo, la lluvia siempre va en dirección descendente.

Sin poética por medio, el juez reafirma las competencias del Pleno municipal en la organización y determinación de los salarios de los Concejales a propuesta de la Alcaldía. Pero solo a propuesta. No caben martingalas, artificios legales o contables, o ficciones normativas frente al articulado mínimo y claro de la Ley de Bases y el Reglamento Orgánico de Funcionamiento. Y no me hagan hablar de más ni argumentar de menos, parece decir Fernández-Corredor, que si el primer decreto es nulo por carecer de legitimidad y cobertura legal, todos los que vengan después lo serán también. Limpien el patio después del recreo, les anulo el papelico cuántico que lo hace todo posible, reintegren lo percibido ilegítimamente y les casco unas costas de 800 euros pagaderas por todos los contribuyentes para recordar que no se puede retorcer la legalidad. 

Cristina Moreno. Foto: Heraldo de Aranjuez
El asunto, como todos los emprendidos por los gobiernos locales del PSOE y el Partido Popular, termina costándole sus dinerillos el contribuyente. Vale, pero esta vez esos eurillos son una minucia, una levedad, una cosa sin importancia al lado de esa ingente suma que traga todos los días el albañal financiero en que han transformado a la Hacienda Local. Aunque no es la cantidad ni mucho menos. Es el detallito de la acciòn de gobierno desplegada y sostenida por ambos partidos en sus sucesivos mandatos. Ese eterno convertir al ciudano en el cornudo y apaleado del cuento del saqueo, su meridiano desprecio hacia las normas que protegen los intereses públicos y la resuelta frivolidad con que se subordinan al logro de intereses privados disfrazados de bien común.  

No cabe mas claridad que la desplegada por la sentencia judicial. Lo que no se puede hacer, no se puede hacer y, además, es imposible. Pero eso no cabe en la cabeza del equipo de gobierno que blande con recurso en mano, su peculiar concepción de la meteorologia y de la Ley de Gravitación Universal; concepción que terminaremos pagando de nuevo, y si no al tiempo, mientras bordea la delgada línea del delito administrativo como un Ignacio González cualquiera. Seguirán sosteniendo que 'se puede llover hacia arriba', que diría aquél,  si lo manda la Alcaldesa. Total, la física devolverá al agua su fluir correcto y terminaremos todos empapados. Aunque eso si:unos más empapados que otros por la consecuencias de estos desbarres. Hasta la próxima sentencia. Así están las cosas.

Texto completo de la sentencia en el blog Heraldo de Aranjuez

jueves, 6 de abril de 2017

Las facturas de una red de empresas facilitó reclamaciones sobrevaloradas al Ayuntamiento de Aranjuez por el desarrollo de Las Cabezadas


El Ayuntamiento de Aranjuez recibió reclamaciones sobrevaloradas  por estudios, asesoramiento y gestión del desarrollo de ‘Las Cabezadas’ de la mercantil adjudicataria ‘Las Cabezadas de Aranjuez SL. La reclamación esta soportada por facturas emitidas por una red de empresas interpuestas que elevan  los costes originales en un 1.735 %.

El encargo inicial fue realizado por ‘Las Cabezadas de Aranjuez SL’, a la empresa ‘Open Media SL’. Esta lo encargó a su vez a la sociedad limitada cántabra 'Hispanovillas Inversores' que facturó sus trabajos como cosecha propia. Pero el redactor del proyecto fue un arquitecto autónomo externo a ambas que percibió 31.000 euros y le fue encargado verbalmente por Hispanovillas. Lo dice en el acta notarial que aporta con su declaración a un proceso tributario y acompaña de diverso material técnico demostrativo de su afirmación: planimetria, sectorialización y recomendaciones normativas.


Estas circunstancias se pusieron de manifiesto durante una inspección fiscal sobre la empresa cántabra que confirmó esta cadena de facturación y  la emisión de tres facturas a 'Open Media' por un total de 278.000 euros. La AET determinó que la inspeccionada no tenía capacidad técnica ni humana para realizar estos trabajos ni los había realizado. Simulación de trabajos sería la palabra que  describiría este 'esquema carrusel' habitual en el tráfico de empresas que se monta sobre encargos y trabajos ficticios. 

Sus argumentos discurren por esos caminos. La AET precisaba que 'Hispanovillas Inversores' en ese momento “no ha dispuesto de medios materiales ni personales. El único activo que recoge en su contabilidad, un ordenador de sobremesa, resulta contradictorio con la carencia de un lugar físico para su ubicación. Esta entidad no dispone de ninguna otra infraestructura material”Los inspectores tributarios también mostraron que la mercantil  “no dispone de medios personales más que el propio administrador” y señalaron que su única actividad económica era intensa en un solo ámbito. “La empresa, dicen en su acta de inspección, ha desplegado formalmente una actividad consistente en recibir y emitir facturas por importes elevados y realizado algunos pagos y cobros pero desligados de las cantidades facturadas”.

El proyecto de modificación del planeamiento debió ser entregado por la adjudicataria del desarrollo urbano aunque el pliego municipal de condiciones permitía su subrogación. Un derecho que 'Las Cabezadas de Aranjuez' ejerció en 'Open Media'. La empresa nació en febrero de 2003, meses después de producirse la adjudicación de la promoción de la zona a la primera. En su consejo inicial figuraba José Luís Zaldúa Azurmendi, consejero de esta mercantil del grupo ISOLUX. Zaldúa era copropietario en paralelo de ‘Equipo de Redacción Malt’ junto a Miguel Ángel López Toledano, antiguo director general de Urbanismo de la Comunidad de Madrid en los gobiernos de Joaquín Leguina. 

Ambos fueron, finalmente, los firmantes nominales del trabajo entregados al Ayuntamiento de Aranjuez a través de su estudio y no de la promotora original y amparados en esta razón social y la 'Fundación Metropolí'. Las dos eran ajenas a todo el proceso de contratación. La inspección tributaria comprobó que el único contrato digno de ese nombre es el que se estableció entre  'Las Cabezadas de Aranjuez' y 'Open Media' y sirvió para incorporar la facturación emitida como gastos propios e incluidos en la reclamación inicial de Las Cabezadas contra al Ayuntamiento cuando todo parecía conjurarse para impedir temporalmente la ejecución urbanística. 

La cantidad contabilizada y auditada por la Cámara de Cuentas de Madrid en 2011 se acercaba a 1.300.000. Pero el TSJ estimó en parte la demanda y la cifró en 562.759 euros y algunos céntimos. El incremento soportado por el Ayuntamiento con respecto al coste inicial fue de más del 1.700 %. Pasó a engrosar los 12.173.660 euros finales adeudados por el Ayuntamiento a Las Cabezadas de Aranjuez en una sentencia fechada  el 5 de julio de 2016 y frente a la que solo quedaba la interposición de un recurso de casación en los 10 días siguientes a esa fecha. 

En paralelo, la sentencia contenciosa tributaria fallaba contra las pretensiones de Hispanovillas y Open Media. Confirmaba las multas tributarias y las reclamaciones de cuotas de IVA deducidas y constituía el reconocimiento implícito de un tráfico de facturas y encargos ficticios de trabajo entre las empresas y colateralmente - aunque no fue cosa juzgada- indicaba serios perjuicios económicos al Ayuntamiento de la ciudad.

La Concejalía de Urbanismo incorporó el contenido del discutido informe a las modificaciones de planeamiento aprobadas el pasado mes de febrero. Con ellas se levantan las protecciones de la zona y permitirá la construcción de cerca de 6.000 viviendas sobre una superficie de 2.400.000 metros cuadrados de suelo de Aranjuez, Las cifras convierten  el proyecto en la mayor actuación inmobiliaria de Madrid que, además, se realizará sobre suelo de alto valor agrícola. La modificación puntual avalada por la firma de David Estrada, Primer Teniente de Alcalde, responsable del Área de Territorio y concejal delegado de Urbanismo fue publicada por el BOCM el pasado mes de febrero. Y como se suele decir: Aquí paz y después gloria.

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